- La agencia debe poder vizualizar antes el texto original. El ducumento debe ser recibido por la agencia en una forma legibile y completo de tablas, ilustaciones y gráficos presentes en el texto.
- El encargo de la traducción se debe realizar mediante una carta de aceptación o equivalente en la que resulte además de la cantidad estipulada, los términos de entrega y pago.
- Posibles entregas o recopilación a cargo del cliente.
- El plazo de entrega es vinculante sólo si es explícitamente requerido y concierne sólo el material encargado en el momento de la aceptación del trabajo.
- La agencia es responsable del secreto de los documentos del cliente y de sus salvaguarda hasta que están en su posesión. A petición del cliente y a cargo de éste, la agencia puede disponer de un seguro de transporte.
- Conforme a la Directiva 2000/35/CE, el pago de la remuneración acordado se debe formalizar cuando el cliente reciba la factura, y en cualquier caso sin superar 30 días desde que se produjo la entrega. Pasado este plazo, se aplicará la mora prevista por el art. 3.1 de la Directiva, además del ex. art. 5.1 del DL. 6.10.2002, n.231.
- En los trabajos de gran volumen, el traductor tiene derecho a recibir el pago de un anticipo sobre la cantidad acordada.
- Si el traductor se viera imposibilitado a continuar con el trabajo por causas de fuerza mayor, podría renunciar a seguir con el encargo sin que tuviera que pagar ningún tipo de indemnización por ello.
- Para trabajos encomendados y después anulados hay que pagar a la agencia una comisión de cancelación del 10% de la retribución total. La tradución ya hecha y puesta a disposición del cliente tiene que ser pagada totalmente.
- Eventuales reclamaciones o peticiones de modificación se deben presentar dentro de 15 dias desde la fecha de entrega.
número 8
jackson pollock, 1949